Publicado en el diario “El Universal” de Caracas. Sábado 5 de octubre de 2002
En la propuesta de reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) que se ha debatido recientemente se planteó la posibilidad de que el Presidente de la República, con el voto aprobatorio de la mayoría simple de la Asamblea Nacional, pudiera remover al presidente y a los directores del BCV. Ese planteamiento es por demás preocupante pues el mismo pretende coartar la autonomía del instituto emisor, coaccionando a los miembros del directorio del BCV para que tome las decisiones que interesan al gobierno, so pena de ser removidos de sus cargos en caso contrario.
Cuando un gobierno incurre en déficit tiene que financiar el excedente de gasto, para lo cual puede hacer uso de ahorros previamente acumulados, o se puede endeudar en el exterior o localmente. Sin embargo, cuando aquellos déficit se hacen recurrentes y crecientes esas fuentes de financiamiento se agotan, haciendo que los gobiernos intenten acudir a la última instancia de financiación, que es el banco central. Para ello obligan al instituto emisor a adquirir obligaciones del sector público con dinero inorgánico o sin respaldo, que es creado con el fin de financiar gasto deficitario. Cuando esa práctica se profundiza y extiende en el tiempo la expansión monetaria se hace cada vez más intensa, generándose fenómenos inflacionarios crecientes que desembocan en inflación galopante, y eventualmente en hiperinflación. De allí la práctica cada vez más común de imponer prohibiciones legales a los bancos centrales de adquirir obligaciones del sector público, o de financiar gasto público deficitario.
Si bien la Constitución vigente establece una limitación legal de ese tipo, existen múltiples mecanismos a través de los cuales se puede burlar esa prohibición. Así, por ejemplo, si el establecimiento de la normativa para el cálculo de las utilidades cambiarias del BCV es potestad del Poder Ejecutivo, no sería de extrañar que, ante los requerimientos de financiamiento cada vez más apremiantes del Fisco, se implante una norma contable que busque maximizar aquellas utilidades en forma ficticia, ampliando así el financiamiento del gasto público deficitario por parte del instituto emisor. Igualmente, el gobierno puede presionar al directorio del BCV para que implante una política monetaria laxa que expanda la liquidez en poder del público, con la finalidad de que buena parte del excedente monetario se canalice a la adquisición de obligaciones del Estado.
Obviamente, estas prácticas generan presiones cambiarias e inflacionarias, atentándose contra uno de los objetivos centrales del BCV, cual es el logro de la estabilidad de los precios. De allí la necesidad de que la autoridad monetaria tenga la independencia y autonomía suficiente para negarse efectivamente a la implementación de esas praxis perniciosas, que tanto daño y desolación produjeron en muchas economías latinoamericanas donde se implantaron.
Imagen: cronica.uno